En todas, si bien es cierto que una papeleta de conciliación -inicio del trámite- no tiene por qué armarla un abogado pero, el usuario o el cliente no conoce el Derecho procesal y si él recoge en el documento de inicio del proceso algo de forma incorrecta, será muy complicado ya poder exigir en el procedimiento posterior -demanda- la rectificación de ese error.
No obstante la papeleta de conciliación ante el despido, las sanciones, vacaciones, reclamaciones de salario, horas extraordinarias, etc. se puede acudir sin abogado y procurador en dicho trámite. No obstante, el trámite de la demanda ante los Juzgados de lo social siempre debe ir firmada por un abogado. Como decía, aunque legalmente se puede acudir sin abogado a los procesos judiciales del ámbito social, lo cierto es que es altamente recomendable acudir asesorado por un profesional para evitar la desprotección de nuestros derechos.