Universidad Pontificia de Salamanca, donde pasó cinco años maravillosos de estudios, amistades, experiencias, prácticas, que forjaron lo que su futuro profesional irá desarrollando. Allí sintió la certeza de que la psicología clínica era el mundo en el que se quería mover. Cristina regresó a Zaragoza para seguir formándose, ampliar estudios y formar parte del equipo en la consulta de un psiquiatra zaragozano que le ayudó a formarse, le instruyó en su técnica, le derivó pacientes y guió sus pasos. Cristina siguió cursando, esta vez en Madrid de forma semanal, formación de Psicoterapia. Explica que, en su profesión, la formación es una constante, siempre hay algo en continuo movimiento y evolución para poder atender las demandas cada vez más específicas que la sociedad en general y sus miembros en particular plantean y planteamos. Comenzó a impartir clases de Psicología para alumnos de la Universidad a distancia, de la Escuela de Comunicación, seminarios de temas específicos de Psicología en entidades, facultades y asociaciones... También acudía a simposios, charlas, encuentros, etc. Además, obtuvo la Especialidad en Psicología Clínica y poco a poco dirigió sus pasos a dos frentes: el mundo de la Psicología Jurídica y Forense y el de la Resolución de Conflictos, sin olvidar el desempeño continuado en la consulta clínica tradicional, imprescindible para un mejor manejo en labores de diagnóstico y trabajo terapéutico. Tras 29 años sigue en el mismo despacho, con el mismo equipo, cada uno en su especialidad y con el afán de seguir aprendiendo.
Su especialidad es la Psicología Clínica, matriz de todo lo que ha aprendido. Asimismo, está especializada en psicología jurídica y forense y, su último campo de formación teórica y técnica, es el de la Resolución de Conflictos
Desde la Psicología Clínica ¿que campos trabaja?
La Psicología Clínica es el núcleo desde donde se forja el trabajo de campo, la atención al usuario, el acompañamiento terapéutico, mi trinchera, mi campo de acción. Consiste en normalizar, despatologizar, adaptar, enseñar a vivir, crecer, conocerse uno mismo, aceptar, implementar estrategias de funcionamiento y restaurar aquellas que estaban dañadas.
Es atender al paciente que sufre, que no puede dar respuesta a sus circunstancias personales, que se ve impedido de una vida normal
¿Cómo definiría la relación psicología y tribunales?
Dicha relación se establece a través de una rama de la psicología qué es la Psicología Jurídica y Forense. Esta consiste en la investigación en psicología, en la observación, el estudio, la comparación de resultados de pruebas y la búsqueda de posibles causas y consecuencias, con el fin de estimar conclusiones para poder informar fundamentalmente ante un tribunal.
La psicología jurídica y forense consta, a su vez, de numerosos ámbitos que se superponen a las diversas jurisdicciones habidas. Es el caso del ámbito civil (que dentro de él integra a la jurisdicción de familia), el penal, el social y el eclesiástico.
Los psicólogos judiciales y forenses ponemos nuestros conocimientos a disposición de la investigación judicial mediante el estudio exhaustivo de la persona objeto de investigación y el enfrentamiento a la situación en cuestión. Nuestra finalidad es siempre la de prestar una asesoría eficaz al juez o tribunal en una materia de la que no es especialista, como es la psicología, para que pueda tomar la decisión judicial con la máxima información y las mejores herramientas de nuestra ciencia.
¿Lo puede explicar?
La terapia de pareja tiene como objetivo evitar que la pareja se rompa, valorar lo que une y desdeñar lo que separa. Hacer hincapié en las fortalezas y trabajar con las debilidades con el fin de convertirlas en puntos de apoyo. Se trabaja realizando una narración de la historia de la pareja buscando los puntos de encuentro y en qué bases se ha sustentado la relación.
Por su parte, la mediación es un procedimiento para no judicializar una relación de pareja, también la hay escolar, vecinal, deportiva, empresarial, etc. La pareja ya está rota, la separación/divorcio es un hecho y hay que procurar que entre los ex cónyuges, sobre todo cuando hay hijos, puedan llegar a acuerdos entre ellos que favorezcan al grupo familiar. Consiste en que tomen decisiones con la ayuda de un tercero, un mediador en relación a cómo se va a articular su vida en relación a sus hijos después de la separación. Se buscan acuerdos mediante posiciones simétricas de ambos e igualdad de oportunidades, valorando que las decisiones sobre cómo va a ser el desarrollo de su relación y especialmente lo concerniente a sus hijos lo pueden realizar ellos mismos sin que tenga que intervenir un juez. Evidentemente, la mediación tiene un respaldo teórico importante y se basa en la aplicación de unas técnicas que posibilitan y permiten rebajar el conflicto.
Finalmente, la coordinación de parentalidad tiene su sitio cuando el conflicto de pareja y con ello de familia está cronificado y el litigio judicial es constante. Son familias emocionalmente desestructuradas no en origen, pero sí tras la litigiosidad constante que les aleja de la realidad y han hecho de la judicialización un modo de vida. Todo se ha enquistado y en esa batalla los hijos son los que pierden ante la beligerancia y falta de acuerdo de sus padres. Es necesario tomar decisiones para que acaten sentencias judiciales, es necesario la psicoeducación, es necesario escuchar a las partes y ¡cómo no! a los hijos. La coordinación de parentalidad consiste, de alguna manera, en ayudar a entender que un modelo de comportamiento como el dictado en sentencia es viable y mejor para lo único que tienen en común, que son los hijos. No hay poder de uno sobre otro, no valen las venganzas, solo vale de forma proactiva el redefinir la convivencia de una familia en la que la pareja se ha roto.